RUBÉN
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FIDEL
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DAVID
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FRAN
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miércoles, 13 de febrero de 2008

ESTATUTOS ÑASSPRO

I. El órgano de gobierno responsable, competente en todos los ámbitos y único de ÑASSPRO corresponde a DavidPro.

II. DavidPro es el órgano ejecutorio de toda la administración, desarrollo y jurisdicción en todos los ámbitos que abarca su competencia, así como se le reconoce el derecho a delegar dicha responsabilidad a cualquier órgano que estime oportuno.


III. DavidPro reconoce el “juego limpio” como su estandarte que izará allí donde lleguen sus responsabilidades, por lo que condiciona todas sus decisiones en base a imparcialidad, objetividad, exquisita y siempre saludable deportividad, así como se responsabiliza de penalizar cualquier acto en el que subyazca cualquier atisbo en contra de lo expuesto.

IV. DavidPro es el órgano que abarca cualquier toma de decisión, ya sea ésta de cualquier naturaleza, con su consecuente derecho de delegación.


V. La sede de ÑASSPRO así como su correspondiente órgano de gobierno se sitúa en Montepinar, sede no única pero principal, considerándose otras sedes aquellas que por su propia naturaleza permitan celebrar cualquier acto de su competencia.

VI. Toda competición derivada de las diseñadas por ÑASSPRO serán programadas, diseñadas, reglamentadas y asumidas en todas sus competencias por DavidPro, con su consiguiente derecho de delegación.


VII. La chapa de la entrada a la sede Montepinar, así como la clave de Windows xp forman parte del patrimonio inherente a ÑASSPRO y a todos los efectos deben ser considerados.

VIII. Los dieguitos serán considerados parte íntegra de la ambientación de las competiciones, su legitimidad en ellas se asume con plenos derechos, comprometiéndose ÑASSPRO a respetarlos en toda su dimensión.


IX. ÑASSPRO garantiza la búsqueda de que las competiciones transcurran en un ambiente sano, armonioso y competitivo, y que frases del tipo “qué injusto”, “qué partido más injusto”, “mira las estadísticas”, “eres el top manta” acuñadas por algunos miembros no dañen la virtuosidad de los mismos.

X. Actuaciones que por acción u omisión dañen la imagen de ÑASSPRO serán igualmente perseguidas, ya sean lanzamientos de mandos sobre vasos de cerveza, retiradas al lavabo sin cerrar la puerta, alzadas de voz que en algunos casos puedan recordar a la ya mítica laura martínez, y situaciones análogas que estime oportuno el órgano competente.


XI. ÑASSPRO garantiza el derecho al descanso que asiste a los miembros de las competiciones, asumiendo que tal derecho debe respetar que todos sus miembros compartan su avituallamiento, ya sean del tipo “olivas”, “pulpo”, “un único y exclusivo plátano”, persiguiendo el despliegue de alas de miembros dados al buitreo y respetando en toda su dimensión el hecho de la diversidad, por la cual se respetan los gustos que consideran insípido al jamón.

XII. ÑASSPRO siempre atenderá a las demandas de sus miembros, asumiendo y respetando las particularidades de los mismos, por lo que asume el deber de dejar periódicos que sean devorados con la melodía de fondo de Lalo Rodríguez, de asumir comentarios tipo “vaya mierda de juego”, “son culpa de los muñecos”, y de respetar las opiniones que se puedan emitir acerca de Gregorio Manzano y de Gerard.


Murcia, a 13 de Febrero de 2008